PENSIÓN VITALICIA HÉROES DE MALVINAS

Pasaron 41 años del conflicto bélico, donde los ex combatientes siguieron la lucha frente a la discriminación, la falta de trabajo y la batalla constante para crear una verdadera contención. Dentro de los daños que han sufrido debemos tener presente los casi 450 suicidios de aquellos combatientes que no soportaron la indiferencia a la que fueron empujados.

En sesión de la Legislatura aprobamos una modificación a la Ley N°7205, la cual crea el beneficio denominado “Pensión vitalicia Héroes de Malvinas», estableciendo un aumento del importe de las pensiones y reconociendo el derecho a percibir el beneficio en caso de fallecimiento del titular al cónyuge o conviviente, con 2 años de convivencia acreditada, constituyendo una reparación histórica a los ex combatientes de aquella heroica gesta por nuestra soberanía y la Patria. En este último caso si hubiera fallecido a la fecha de promulgación de la presente ley, el beneficio se le otorgará al hijo discapacitado si lo hubiera o en su defecto al hijo mayor, extinguiéndose el derecho con estos beneficiarios.

A todos los héroes que lucharon en Malvinas, a los que quedaron en las islas y a los que volvieron a nuestro país mi más profundo agradecimiento.

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